• El exgobernador está inhabilitado para ejercer cargos públicos por 15 años

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó un recurso de nulidad sobre la inhabilitación política contra Henrique Capriles, exgobernador del estado Miranda y excandidato a la presidencia de la República.

“Está inhabilitado por 15 años, para el ejercicio de funciones públicas”, declara la sentencia 00003, emitida este viernes 26 de enero.

De acuerdo con el TSJ, la medida fue ratificada debido a irregularidades administrativas ocurridas durante las funciones de Capriles como gobernador del estado Miranda, entre los años 2011 y 2013. El Poder Legislativo agregó que la solicitud tampoco cumplió con los requerimientos establecidos por el Acuerdo de Barbados.

Más temprano el TSJ informó que publicaría este viernes las decisiones tomadas sobre todos los casos de inhabilitación política que solicitaron una revisión previamente.

“El TSJ informa que, cumpliendo con la Constitución, las leyes vigentes, y en el marco del Acuerdo de Barbados, la Sala Político Administrativa procederá a publicar en el transcurso del día las decisiones tomadas en todos los casos de inhabilitación a partir de las solicitudes”, indicó a través de su cuenta en la red social X (antes Twitter).

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Tras conocer la sentencia del TSJ, Capriles desestimó la medida e hizo un llamado a los venezolanos para no salirse de la ruta electoral.

“Que los venezolanos tengamos una alternativa que compita y pueda cambiar al peor gobierno de la historia. Siempre estaré del lado de los más vulnerables y de las soluciones. 2024 tiene que ser el año del pueblo venezolano. Este país siempre valdrá la pena”.

Inhabilitación de Capriles

Capriles fue inhabilitado por la Contraloría General de la República el 7 de abril de 2017.

La Contraloría detalló que la amonestación fue impuesta “por incurrir en supuestos ilícitos tipificados” como “no presentar el presupuesto local ante el Consejo Legislativo del estado, pactar convenios internacionales sin autorización para ello y firmar contratos por la Gobernación de Miranda con empresas sin cumplir las normas”.

Previamente ya el dirigente había recibido una notificación de la Contraloría en el que se le comunicaba que era penado con una sanción administrativa y tendría que pagar multa de 40 mil bolívares.

Esta sanción administrativa abrió paso para su inhabilitación, a través de una sanción accesoria de 15 años, que es el periodo máximo permitido por la ley.

María Corina Machado tampoco fue habilitada

El TSJ también ratificó este viernes la inhabilitación política por 15 años contra la líder opositora María Corina Machado, la cual le impide participar en las elecciones presidenciales previstas para el año 2024.

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La Controlaría General de Venezuela decidió inhabilitar el 30 de junio de 2015 a María Corina Machado durante 15 años, tras una investigación patrimonial en el que, según el organismo del régimen, se determinaron errores y omisiones en las declaraciones juradas de patrimonio evaluadas durante la auditoría correspondiente.

Dirigentes habilitados

El TSJ también notificó este viernes sobre la habilitación política del periodista Leocenis García y los dirigentes políticos Daniel Ceballos, Richard Mardo y Pablo Pérez.

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El TSJ declaró procedente, en todos estos casos, la solicitud de amparo cautelar que fueron presentadas en el marco de los mecanismos establecidos en el Acuerdo de Barbados del 17 de octubre del año 2023, por lo que están habilitados para el ejercicio de funciones públicas.

Leocenis García fue inhabilitado en el año 2014 luego de la denuncia del dirigente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Julio Chávez, quien lo acusó de recibir dinero del expresidente Álvaro Uribe y de banqueros del extranjero para “desestabilizar el gobierno” a través del medio de comunicación 6to poder.

Por su parte, Mardo fue inhabilitado en 2017, cuando Diosdado Cabello lo denunció por la presunta comisión de varios delitos de defraudación tributaria, legitimación de capitales y ocultamiento de grandes sumas de dinero que ingresaron en las cuentas del diputado sin que fueran declaradas.

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