• En El Diario consultamos a internacionalistas que explicaron qué significan estos mecanismos y tratados que frecuentemente se nombran en el discurso político de la oposición venezolana

Al hablar de relaciones exteriores entre los Estados, Mirna Yonis, internacionalista consultada por El Diario, refiere que hay “un amplio menú de posibilidades”. Tratados, resoluciones, doctrinas, acuerdos, organizaciones multilaterales. Cada uno reviste de diversas funciones. Y en el contexto venezolano, muchas de estas posibilidades se esgrimen como parte de la discusión política pública.

El Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), la Responsabilidad de Proteger (R2P) y la Doctrina Roldós son algunas de las posibilidades del menú que nombró Yonis.

En El Diario entrevistamos a tres internacionalistas que explicaron en qué consisten cada una de estas opciones. Coinciden en que es improbable el uso de la fuerza por parte de la comunidad internacional para lograr la resolución del conflicto venezolano.

R2P

Casi desde el inicio del establecimiento del gobierno interino dirigido por Juan Guaidó en el año 2019, el exalcalde metropolitano Antonio Ledezma solicitaba al también presidente de la Asamblea Nacional la invocación de la Responsabilidad de Proteger (RP2). 

Para la internacionalista Mirta Yonis, la R2P no posee el suficiente asidero jurídico para considerarse como un tratado internacional establecido. “Se trata de un mecanismo que se ha diluido en distintas resoluciones”, acota.

De acuerdo con el asesor especial del Secretario General sobre la R2P, Ivan Šimonović, la Responsabilidad de proteger, establecida en el año 2005, se basa en tres pilares: “la responsabilidad de cada Estado de proteger a sus poblaciones (primer pilar); la responsabilidad de la comunidad internacional de ayudar a los Estados a proteger a sus poblaciones (segundo pilar); y la responsabilidad de la comunidad internacional de proteger a las poblaciones de un Estado cuando es evidente que este no logra hacerlo (tercer pilar)”.

La resolución se adoptó luego de que se evaluara la poca eficiencia que tuvo el organismo multilateral para prevenir casos de genocidio como los de Serbia o la guerra civil en Rwanda. Así lo explicó el internacionalista Luis Angarita, profesor de la Universidad Central de Venezuela (UCV).

El genocidio es también un término que definió la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Lo hizo en el artículo II de la Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio:

u003cpu003eSe entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:nna) Matanza de miembros del grupo;nnb) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;nnc) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existenciau003cbru003eque hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;nnd) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;nne) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”.nn

Aunado a esa definición, se suma el requisito de intención del delito de genocidio. “Debe demostrarse que la parte de los perpetradores tenía la intención de destruir físicamente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”. Así lo indica la ratificación de la convención firmada en el año 2018.

La R2P solo puede hacerse como un todo en los órganos decisorios de la ONU, como el Consejo de Seguridad o la Asamblea General. Ningún país tiene la libertad de invocar unilateralmente este principio”, señala Angarita.

Acota el internacionalista que la sociedad civil no puede solicitar a las Naciones Unidas la activación de la R2P. “Ese es el gran debate que tiene la política exterior en estos momentos. Parte de la comunidad internacional reconoce a Guaidó, pero hay otra que reconoce a Nicolás Maduro. De hecho, la ONU reconoce a Maduro porque es quien está en el poder”, explicó.

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¿Para qué sirven el TIAR, la R2P y la Doctrina Roldós?
Foto cortesía

Angarita consideró que no cree que sea posible que la R2P se aplique como medida internacional en el caso venezolano. “Depende enteramente de las Naciones Unidas, y no creo que exista un consenso en el Consejo de Seguridad. China y Rusia, por ejemplo, no estarán de acuerdo con una acción unilateral de Estados Unidos, ni de otros países de la región”.

Parte del R2P, señala Iván Rojas, es el de la asistencia humanitaria.

La internacionalista Yonis asegura que, pese a todos los indicadores que existen de la crisis venezolana, entre los que se encuentran los altos niveles de pobreza, la asignación de Miguel Pizarro como funcionario ante la ONU por parte del gobierno interino supone un esfuerzo para dar a entender la magnitud de la situación ante los organismos multilaterales.

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“Esto se hizo para solicitar a la comunidad internacional, ya no como obligación sino como ayuda, el ingreso de ayuda humanitaria. Pensando en la R2P, es que se ha podido articular con organismos internacionales como Unicef. Los fondos se han utilizado mayormente para atender a la población migrante, pero no a la que reside actualmente en Venezuela. El gobierno de Maduro ha asegurado que la crisis en el país no es tan severa”, enfatiza Yonis.

TIAR

El hecho de que el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR) contemple opciones no significa que se van a ejecutar, es un poco ingenuo pensar eso”, señaló el internacionalista Iván Rojas para El Diario.

Firmado en el año 1947 y entrado en vigor en el año 1948, el TIAR se trató de una herramienta que, en palabras del internacionalista Angarita, “se creó como instrumento para tratar de bloquear la influencia soviética en el continente americano en el contexto de la Guerra Fría”.

Sin embargo, acota Iván Rojas que no se trata de una alianza militar, sino de un mecanismo de seguridad colectivo “que contempla el uso de la fuerza como uno de los mecanismos que tiene. Pero no es el único”.

“De hecho, el uso de la fuerza por parte del TIAR jamás se ha utilizado”, agregó.

El 11 de septiembre del año 2019, la Organización de Estados Americanos (OEA) aprobó la activación del TIAR para el caso de Venezuela. 

Sin embargo, explica Rojas, el uso de la fuerza fue descartado por varios de los Estados que suscriben el tratado.

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“No se eliminó completamente por la influencia de Estados Unidos, que solicitó que no se rechazara la propuesta de una acción militar de manera tajante sino que al menos se debatiera. Pero eso ya dejó una muestra de que no existen los votos para esa opción”.

Desde su activación, para Rojas, el TIAR ha logrado concretamente la elaboración de una lista de funcionarios del régimen de Nicolás Maduro sensibles a ser sancionados económicamente. 

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“Eso en un contexto regional que no está acostumbrado a tomar este tipo de medida. América Latina se ha desarrollado a partir de paradigmas como la no intervención o la soberanía de los pueblos. Este tipo de canales sancionatorios no están debidamente establecidos. No es como, por ejemplo Estados Unidos, que al ver que Rusia viola un tratado, pues efectúa la sanción de manera concreta”.

Venezuela convocó al TIAR durante el siglo XX cuando vio que el gobierno de Cuba ayudó a preparar un golpe de Estado en el territorio nacional. “Esa fue una de las medidas que hicieron que Cuba fuese suspendida de la OEA”, dijo la internacionalista Mirna Yonis.

Explica Yonis que las medidas del TIAR no prosiguieron debido a la pandemia por covid-19. “Todo lo que se aprobó, las bases de datos para detectar la corrupción, lavado de dinero, y demás, ahora va a un paso más lento. Todos estos procesos se ralentizan debido a que no hay una autoridad única que articule los mecanismos. Depende entonces de que se coordinen los Estados, que ahora están atendiendo sus problemáticas internas”.

Doctrina Roldós

Una doctrina, define Yonis, “generalmente corresponde a una propuesta, declaración, discurso, etc. Que está relacionada con la política exterior de un Estado. Ese precedente le permite que se generen líneas de acción que, si se mantienen en el tiempo, algunos tienden a llamarlos doctrinas. Porque no fue solo una declaración, sino prácticas que se convierten en el quehacer de un Estado”.

A partir de la defensa de los derechos humanos asumida por la presidencia de Jaime Roldós fue que se estableció la denominada Doctrina Roldós. Plasmada el 11 de septiembre de 1980 ante el Pacto Andino, en nombre de los acuerdos de Cartagena.

Dicha doctrina la argumentó el presidente ecuatoriano Lenín Moreno a la hora de apoyar su postura internacional contraria al régimen de Maduro. La misma establece, en su artículo 3:

Reiterar el compromiso solemne de que el respeto de los derechos humanos, políticos, económicos y sociales constituyen una norma fundamental de la conducta interna de los Estados del Grupo Andino y que su defensa es una obligación internacional a la que están sujetos los Estados y que, por tanto, la acción conjunta ejercida en protección de esos derechos no viola el principio de no intervención”.

Para la internacionalista, esta línea exterior “parecía haberse interrumpido con la llegada de Rafael Correa al poder”. La doctrina no se ha aplicado explícitamente en América Latina.

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“Hay necesidad de innovación en la política internacional”

El internacionalista Iván Rojas asevera que todos los mecanismos, tratados y resoluciones “son marcos que se pueden utilizar para justificar la acción política”.

“Que se elija uno u otro, no hace mucha diferencia. Es lo mismo que el artículo 187-11. Esa es una forma de justificar legalmente algo que puede o no suceder. Pero el hecho de que exista no hace menos o más posible que eso suceda. Son un marco conceptual de opciones muy generales. Le toca a los Estados sentarse a negociar y ver cómo se van a implementar”.

Para Rojas, la opinión venezolana no se ha enfocado en revisar qué opinan los Estados que apoyan al gobierno interino de Juan Guaidó de las políticas públicas viables que se pueden materializar en el país.

No se trata de salirse de los marcos. Se puede justificar el accionar utilizando la Doctrina Roldós, pero eso no va a orientar qué tipo de ley debe ser aprobada en el parlamento alemán para ayudar a Venezuela”, indicó.

Los aliados internacionales del gobierno interino, refiere Rojas, concuerdan en la necesidad de elecciones libres como forma de resolución del conflicto venezolano. 

“Pero no se han coordinado del todo en cuanto a cómo se llega a ese objetivo final. Elecciones con Maduro o sin Maduro en el poder, con una junta de gobierno que incluya al chavismo o no, cómo se llega a ese punto. Ninguna doctrina o mecanismo dará respuesta a esas cosas. Se deben combinar todas las herramientas que se tengan a la mano de manera creativa que logre resultados. Con objetivos a corto, mediano y largo plazo”.

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