• En Gaceta Oficial N° 42.151 se publicaron las normas para regular los servicios de tecnología financiera en el país. El experto en economía digital, Aarón Olmos, explicó para El Diario que el reglamento traerá transparencia a un proceso que tiene tiempo funcionando de forma desorganizada 

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) publicó en Gaceta Oficial N° 42.151 del 17 de junio de este año, la Resolución N°001.21 que contiene las “Normas que regulan los servicios de Tecnología Financiera (Fintech)”. De acuerdo con el economista especializado en economía digital, Aarón Olmos, la creación de esta normativa es importante porque se implementará un orden y dará más transparencia a las empresas que actualmente se dedican a actividades fintech en el país. 

¿Qué es una empresa fintech? En palabras de Aarón Olmos, puede ser un emprendimiento que esté o no registrado, así como puede ser una natural o jurídica que desarrolla tecnología orientada a la intermediación nacional y extranjera de dinero.

“En Venezuela operan cualquier cantidad de empresas de tecnología financiera nacionales e internacionales que desarrollan aplicaciones digitales, billeteras digitales en bolívares para intercambiar entre las personas y los bancos, entre otros aspectos y esto no estaba siendo regulado por nadie. Con la resolución se tendrá un mercado de este tipo más ordenado”, aclaró Olmos en exclusiva para El Diario.

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El texto de la Gaceta Oficial especifica que el objetivo es “regular los servicios financieros prestados a través de nuevas tecnologías y ofrecidos por las Instituciones de Tecnología Financiera en cualesquiera de sus modalidades a las Instituciones del Sector Bancario”.

El economista aseguró que lejos de ver la medida como un obstáculo, es más bien un filtro para aquellas empresas que desean ofrecer servicios fintech en Venezuela. 

La regla también implementó que las empresas de tecnología financiera pasen a llamarse Instituciones de Tecnología Financiera del Sector Bancario (ITFB) y con ello una “gran cantidad de requisitos, dijo Olmos, para las compañías al momento de registrarse como una ITFB.

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Aspectos para entender la Resolución que regula los servicios Fintech en Venezuela
Foto cortesía

BCV adelantó estas medidas en 2018

Olmos recordó que en diciembre de 2018 el Banco Central de Venezuela (BCV) emitió una resolución que regula a los proveedores de pagos no bancarios, es decir, todas aquellas compañías anónimas que ofrecen desarrollos API, plataformas de pago y que tienen productos como billeteras digitales. Agregó que para el momento en el que se dictó la normativa, solo se registraron cinco empresas, de “las 20 que se estima hay en Venezuela, tanto nacionales como internacionales”.  

“Hasta la fecha siguen siendo las mismas cinco las que están registradas: Mueve Soluciones, Vippo Company, Bio Pago Sistemas, Servicios Pago Ya y Servicios Pago Net. Aquellas compañías que se dediquen a la tecnología financiera y no se registraron en el BCV en su momento y tampoco lo hagan ahora ante la Sudeban, estarían operando fuera del marco legal”, explicó el experto en economía digital.

Según la Resolución N° 001.21, los ITFB podrán ofrecer los siguientes servicios:

-Productos de Pago y Almacenamientos de Dinero: nnAhorros Automatizados de las Cuentas de los Usuarios a una Nueva Cuenta.nAhorros Automatizados en redes sociales de cuentas de usuarios a una plataforma P2P. nPagos Móviles. nPagos Móviles de Cooperación Directa Banco-Operador de Red Móvil. nPagos móviles-cobro directo a la cuenta del teléfono móvil.nPagos con tarjetas de crédito mediante API. nTarjetas virtuales prepagadas. nPasarelas (gateway) de pagos. nnn-Productos Dentro de Instituciones Bancarias:nnApertura de cuenta bancaria a través de nuevas tecnologías. nSoluciones bancarias multiplataforma. nUtilización de datos estadísticos de libre dominio con fines financieros. nPlataformas de conexión de Fintech y de instituciones bancarias. nAutenticación de voz del usuario. nInteracción automatizada de los usuarios financieros. nSoftware de cumplimiento. nSoluciones de gestión de riesgos. nnn-Nuevos Modelos de Negocios: nnIntegración de redes sociales-pagos-finanzas-venta al por menor. nLa banca como servicio.

Lo bueno y lo malo de la Resolución N° 001.21 

De acuerdo con Olmos, lo positivo de las normas dictadas por la Sudeban es que al tener una vara más alta de exigencia para ser un ITFB puede dar confianza y credibilidad al usuario, además de abrirse aún más la competencia en este mercado presentando las mejores propuestas al consumidor. 

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Destacó que el aspecto negativo es la burocracia en el país a la hora de realizar registros de empresas y marcas, un punto que seguramente, dijo, será laborioso para aquellas compañías fintech que deseen registrarse ante la Sudeban. 

Comentó que existe la posibilidad de que una vez que las empresas se inscriban ante la Superintendencia y se tenga un orden de las mismas, entonces el régimen de Nicolás Maduro pase a crear una Ley Fintech por la que los ITFB deberán regirse para poder operar en el país. 

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