Es falso. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) afín al régimen de Nicolás Maduro no derogó el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuestos (Onapre) en el que fija los sueldos de los empleados públicos, como indica una cadena que circuló por la plataforma de mensajería de WhatsApp.

Aunque el TSJ admitió una demanda para abrir la posibilidad de anular el mecanismo empleado por la Onapre, hasta la fecha no existe registro de una sentencia al respecto en la página del organismo.

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Lo verdadero

La Onapre es el órgano rector del sistema presupuestario público y entre sus atribuciones está la de participar en la elaboración del plan operativo anual de Venezuela. Además, se encarga de preparar el presupuesto de la administración pública.

El pasado 2 de junio, cinco universidades interpusieron una demanda de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el Instructivo denominado “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales, Empresas Estratégicas”, dictado el 15 de marzo de 2022 por el régimen de Nicolás Maduro. 

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Las casas de estudio que emitieron el recurso fueron: la Universidad Central de Venezuela, la Universidad de Carabobo, la Universidad de Oriente, la Universidad Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre y la Universidad Pedagógica Experimental Libertador.

Los demandantes denunciaron que el ajuste de las escalas salariales resulta incompatible con el incremento otorgado al salario mínimo nacional decretado el 15 de marzo de 2022, el cual también lo consideran bajo.

Aunque los demandantes reconocen que sí hubo un incremento salarial respecto al año 2021, reclaman que al no aplicarse los porcentajes y montos establecidos en la Cuarta Convención Colectiva Única, “trae como consecuencia las diferencias antes señaladas, tanto de las tablas salariales, como en el resto de los  beneficios socio económicos”.

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Recientemente, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia abrió la posibilidad de anular el mecanismo empleado por la Onapre para fijar los sueldos de los empleados públicos.

La decisión está contenida en la sentencia N° 00252 redactada por el magistrado Malaquías Gil Rodríguez, presidente de la Sala Político-Administrativa. En el dictamen los magistrados declararon que admiten “provisionalmente la presente demanda de nulidad cuanto ha lugar en derecho”. 

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Se espera que próximamente el TSJ emita en una sentencia la decisión final sobre si anula o confirma el instrumento empleado por la Onapre.