• El sujeto habría golpeado salvajemente al animal por desprender unos cables eléctricos en su vivienda

Un hombre, identificado como Miguel Alexander Rodríguez, fue imputado por la Fiscalía 87 Nacional por haber agredido brutalmente a su mascota, dentro de su vivienda, ubicada en el Paraíso, en Caracas. 

De acuerdo con Tarek William Saab, fiscal general del régimen de Nicolás Maduro, el hombre golpeó al animal por haber desprendido varios cables del aire acondicionado y del sistema eléctrico de la vivienda. 

Saab destacó que el Ministerio Público imputará los delitos de maltrato animal y prohibición de hacerse justicia por sí mismo. 

Otros casos de maltrato animal

Tarek William Saab, a través de su cuenta en Twitter, ha denunciado al menos cuatro casos de abuso contra animales, entre ellos que mataron a un jaguar en Monagas. 

Leer más  Maduro invitó a regresar a Venezuela a la oficina de DD HH de la ONU

Por este caso el Ministerio imputó a Kevin Jesús Gratefour por los delitos de caza Ilícita e instigación a delinquir.

Gratefour había matado por “placer” al jaguar, para posteriormente publicar las imágenes del animal colgado de un árbol en Facebook. 

Otro de los casos que resaltan es el del asesinato de un conejo en Caracas. El agresor fue identificado como José Gregorio Maldonado. 

De acuerdo con Douglas Rico, director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), el hombre habría agredido primero a su pareja y posteriormente intentó hacer lo mismo contra sus hijos.

Ante esta situación la mujer intervino, evitando la golpiza. Maldonado, al no lograr su objetivo,  tomó como venganza al conejo que tenían la familia como mascota y lo golpeó en reiteradas oportunidades contra una pared, hasta ocasionar su muerte. 

Leer más  Lula da Silva insistió en que las elecciones en Venezuela deben ser "transparentes"

La agresión fue grabada en video por vecinos de la comunidad de San Martín, parroquia San Juan, municipio Libertador de Caracas.

Por su parte, el Ministerio Público informó recientemente que un sujeto fue condenado por la caza ilícita de un puma en Monagas. Hecho que ocurrió el 6 de noviembre de 2019. 

Leyes contra el maltrato animal en Venezuela

En Venezuela existen dos leyes que contemplan los derechos de los animales, la Ley para la Protección para la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio y el Código Penal. 

En la Ley para la Protección para la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio en su artículo 32 establece prohibiciones para los propietarios de animales domésticos. 

Leer más  La Cruz Roja alerta que delincuentes engañan a migrantes a través de plataformas digitales

“El propietario o propietaria, tenedor o tenedora de animales domésticos, no podrá:n1. Abandonar en la vía pública ejemplares vivos o muertos.n2. Maltratarlos, agredirlos físicamente o someterlos a cualquier otra práctica que les ocasione sufrimiento, daño o muerte.n3. Practicarle mutilaciones.n4. Usarlos como blanco de tiro.n5. Castrarlos sin haber sido anestesiados previamente.n6. Mantenerlos en condiciones de hacinamiento en contravención al óptimo animal. n”, reza el artículo. 

El artículo 25 de esa misma ley establece como instancias receptoras de denuncias el Consejo Comunal, la autoridad parroquial o el juez de paz de la jurisdicción correspondiente.

Estas instancias deben utilizarse como mecanismos previos de conciliación en caso de que la tranquilidad y paz ciudadana se vea perturbada por la tenencia y propiedad de animales domésticos. 

En caso de agotarse la vía conciliatoria, las partes afectadas pueden dirigirse ante la autoridad municipal para iniciar el procedimiento administrativo que corresponda.

El Código Penal venezolano también cuenta con dos artículos que contemplan los delitos de maltrato animal.

Leer más  Los bancos que permiten abrir cuentas digitales en Venezuela 

El artículo 478 establece que: “El que sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice, será penado por acusación de la parte agraviada, con arresto de ocho a cuarenta y cinco días. Si el perjuicio es ligero, podrá aplicarse solamente multa hasta por ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.)”.

Mientras que el artículo 537:  “El que cometa crueldades con los animales, los maltrate sin necesidad o los someta a trabajos manifiestamente excesivos, será penado con multa hasta por cien unidades tributarias (100 U.T.) El que solo con un fin científico o didáctico, pero fuera de los lugares destinados al estudio o enseñanza, haya sometido los animales o pruebas o experimentos que causen disgusto a las personas que las presencian, incurrirá en la misma pena”.

Al estar contemplados en el Código Penal, las personas pueden realizar las denuncias ante las fiscalías municipales y en las oficinas del Ministerio Público. 

Noticias relacionadas