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  • La duración de la medida estará sujeta al tiempo que permanezca en vigor el estado de alarma decretado debido a la pandemia de Covid-19

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) ordenó la suspensión del cobro del servicio de puntos de venta a aquellos usuarios que no estén realizando transacciones comerciales o no están generando la suficiente actividad comercial para cubrir los costos operativos del sistema.

La medida anunciada por el ente regulador mediante un comunicado oficial, difundido a través de redes sociales, especifica que la decisión fue asumida con el objetivo de atender la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Pese a los argumentos expresados por la Sudeban para justificar esta medida anunciada el 5 de mayo, el economista y especialista en instituciones financieras José Acosta señala en exclusiva para El Diario que la misma no tendrá un impacto real en la estructura de costos de los comercios. Por el contrario, esta decisión tendrá una incidencia negativa en las fuentes de ingreso de las instituciones bancarias.

Esta es la típica medida populista que en un principio puede parecer que ayuda a la población, pero que al cabo de un tiempo se puede observar que no tiene ningún impacto positivo” José Acosta

El economista comenta que tradicionalmente el grueso de los ingresos de las instituciones bancarias procede de dos fuentes: la intermediación financiera y las comisiones por servicios. No obstante, actualmente la banca no puede cumplir con su función de intermediación financiera pues no está en capacidad de ofrecer préstamos, principalmente debido al encaje legal. Ante esta situación, el cobro de comisiones por servicios tales como los puntos de venta se han convertido en una de sus últimas fuentes de ingreso.

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“Una medida de estas características no beneficia realmente a ninguno de los actores, ni a los comercios, ni a las instituciones financieras”, sostiene.

Comunicado de la Sudeban

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), en concordancia con lo establecido en las medidas de protección económica emanadas por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, en el marco del Estado de Alarma para atender la emergencia sanitaria por el coronavirus (Covid-19); y en ejercicio de sus atribuciones para determinar las condiciones de prestación de los servicios de la banca pública y privada y sus servicios conexos, ordenó lo siguiente:nnA las instituciones bancarias y compañías emisoras de tarjetas de crédito y débito, suspender el cobro por el servicio de punto de venta a aquellos usuarios que no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente producto de su actividad transaccional para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos. Asimismo, implementar mecanismos para la efectiva suspensión del servicio de punto de venta a los usuarios con alguna de las particularidades transaccionales descritas, durante el lapso que se mantenga el Estado de Alarma.nnEn cuanto a los proveedores de puntos de venta deberán abstenerse de efectuar recargos o cobros por estos servicios, en los casos que dichos usuarios no presenten actividad transaccional o no generen un monto suficiente producto de su actividad transaccional para cubrir los costos operativos del sistema, por un período mayor a 30 días continuos.nnEn este sentido, se dio inicio a mesas de trabajo en conjunto con la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos de Venezuela (Sundde) y el Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional, con la finalidad de revisar las estructuras de costos de las tarifas establecidas por concepto de servicios. Es importante destacar que, el cumplimiento de la presente instrucción por parte de los sujetos regulados, no podrá generar montos acumulados de deudas, ni intereses moratorios en detrimento de los usuarios, durante el lapso de suspensión de los servicios. nnFinalmente, este Ente Supervisor destaca como un factor positivo que muchas empresas que iniciaron como proveedores de puntos de venta, inviertan en proyectos nacionales con el objetivo de desarrollar una mayor oferta en cuanto a las alternativas de medios de pago, considerando el crecimiento de aproximadamente un 90% de las transacciones que se realizan a través de estos canales. Sin embargo, el crecimiento del sector no puede ser anárquico y fuera del marco normativo, pretendiendo con ello eludir los procesos autorizatorios ante los órganos designados para ello e incluso afirmar que dicha actividad no cuenta con reguladores naturales.nn Estas acciones tienen como propósito la protección del pueblo venezolano en un momento histórico en el que se ha visto afectado el aparato productivo mundial debido a la pandemia ocasionada por la Covid-19. En este sentido, la Sudeban, siguiendo los lineamientos del Ejecutivo Nacional y en procura del beneficio de los usuarios del sistema bancario, continuará trabajando como en su oportunidad lo hizo con la puesta en marcha y expansión del Pago Móvil Interbancario, para masificar las alternativas de medios de pago electrónico y desarrollar una oferta más robusta, con el apoyo de proyectos nacionales.n

La economista Alicia Sepúlveda estima que es poco factible que la decisión de la Sudeban impacte de forma negativa en el servicio de puntos de venta. Señala que como consecuencia de la dolarización los montos de las transacciones realizadas a través de este mecanismo de pago resultan marginales. A esto se suma la utilización de otras herramientas como el pago móvil el cual ha tomado una mayor relevancia durante el último año.

Esta nueva medida atenta contra la poca bancarización que queda en el país” Alicia Sepulveda

Considera que la suspensión del pago del servicio de los puntos de venta solo debería ser aplicada luego de analizar las condiciones de cada cliente, pues cada caso es distinto, lo cual hace imposible que una medida genérica como la anunciada por la Sudeban pueda dar resultados positivos.

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El comunicado publicado por la Sudeban no específica el lapso exacto durante el cual estará suspendido el cobro del servicio, pues ello estará sujeto al tiempo que permanezca el estado de alarma decretado por el régimen de Nicolás Maduro.

Cobros. La medida establece que el cumplimiento de la orden no podrá generar montos acumulados de deudas, ni intereses moratorios en detrimento de los usuarios

Acosta es tajante al señalar que la aplicación de esta medida es insuficiente para ayudar a que los comercios sean capaces de hacer frente a los estragos económicos ocasionados por la pandemia de Covid-19.

Añade que si bien la suspensión del pago del servicio de puntos de venta aporta un cierto alivio financiero, no se corresponde con las solicitudes de prórroga del pago de impuestos que han realizado organismos como Fedecámaras, Consecomercio y Conindustria. Considera que es necesario que desde el Estado se inicie una política de préstamos a la empresa privada.

“Una política que sí incidiría de forma positiva en los comercios podría ser la otorgación de préstamos, tal y como está ocurriendo en otros países del mundo. Esto permitiría que aquellos establecimientos que presenten problemas de flujo de caja debido a la disminución de sus ventas no se vean en la obligación de cerrar sus puertas y despedir a sus empleados”, indica.

Acosta cree que el motivo por el cual fue anunciada la medida es que el régimen de Maduro no está en capacidad de prorrogar el pago de impuestos tal y como lo solicitan desde el sector privado. De hacer efectiva dicha prórroga se afectarían sus ingresos por concepto tributario; mientras que al suspender el pago del servicio de puntos de venta el afectado es la banca nacional.

“En estas condiciones prorrogar el pago de los impuestos implicaría a efectos prácticos una condonación de la deuda, porque la hiperinflación diluye los montos en cuestión de semanas”, apunta. 

Mensualidad. El pago fijo mensual por el servicio de punto de venta en algunas instituciones bancarias es de Bs 600.000.n

Afirma que una muestra de que el régimen es consciente de esta realidad es que el pago de ciertos impuestos fue modificado y pasó de ser anual a mensual.

Estimar los posibles beneficios o perjuicios de la medida anunciada por la Sudeban es prematuro, sin embargo todo pareciera indicar que una vez más el régimen de Maduro no atenderá las solicitudes formuladas por el sector privado, un hecho que podría acentuar aún más el impacto económico originado por Covid-19 en el país.

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