• El detenido fue captado a través de las cámaras de seguridad de los centros educativos. Foto principal: revista CICPC

El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) informó la detención de un hombre identificado como P.P.M.R., de 54 años de edad, por el delito de hurto en un centro educativo de El Vigía, estado Mérida.

Douglas Rico, director del CICPC, explicó que luego de varias investigaciones por parte de funcionarios de la Coordinación de Delitos Contra la Propiedad de la Delegación, comprobaron que el hombre, visto en las cámaras de seguridad de la institución, violentaba los sistemas de seguridad de los centros educativos, en el sector El Carmen, para entrar a las instalaciones y cometer los hurtos.

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“De manera hábil, el hombre se apoderaba de diversos objetos que benefician a docentes y a niños que hacen vida en los colegios, beneficiándose económicamente en perjuicio de sus víctimas”, mencionó el informe publicado por el director del CICPC el viernes 1° de diciembre.

Archivo.

El detenido tenía antecedentes penales

En medio de las investigaciones, los funcionarios conocieron que el quincuagenario ya tenía denuncias por “hurto genérico común e incendio, explosión e inundación”, de acuerdo con el informe.

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El caso quedó a la orden de la Fiscalía 6° del Ministerio Público (MP) de la Circunscripción Judicial Penal.

En los últimos años, profesionales de la educación han alertado sobre la inseguridad que viven diferentes unidades educativas, desde básica hasta universitarias, al ser blanco de robos y actos de vandalismo.

Foto referencial/Pixabay.es

¿Cuál es la pena por hurto en Venezuela?

La legislación venezolana contempla una serie de sanciones por el delito de hurto, según su tipo. De acuerdo con datos del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el delito de “hurto calificado” previsto y sancionado en el artículo 453, numeral 1, del Código Penal establece una pena de 6 meses a 8 años de prisión. 

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“Todo el que se apodere de algún objeto mueble, perteneciente a otro para aprovecharse de él, quitándolo, sin el consentimiento de su dueño, del lugar donde se hallaba, será penado con prisión de 6 meses a 3 años”, detalla el artículo 453 del Código Penal venezolano.

Mientras que el delito de hurto “en las oficinas, archivos o establecimientos públicos, apoderándose de las cosas conservadas en ellos, o de otros objetos destinados a algún uso de utilidad pública”, tiene una pena de 2 a 6 años de prisión, de acuerdo con el artículo 454 del Código Penal.

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