- El proyecto del Ministerio de Sanidad busca proteger a los consumidores de campañas engañosas
El Ministerio de Sanidad de España anunció que se encuentra en el proceso de evaluación para aplicar restricciones, de ser necesarias, a publicidades o promociones de productos sanitarios hechos tanto por profesionales como influencers y blogueros con el fin de “proteger y promover” la salud de los pacientes y de los usuarios.
De acuerdo con un reporte de la revista Infosalud del 20 de febrero, la propuesta de ley fue sometida a una audiencia pública que estará disponible hasta el 8 de marzo.
En el proyecto participarán personal especializado y otras organizaciones para que aporten en el proceso de elaboración de este proyecto.
Los detalles de la propuesta
Según la publicación del medio europeo, en esta normativa se busca prohibir que la publicidad de los productos relacionados con la salud lleven al usuario a cometer errores o mal uso de estos artículos, además de evitar publicidades engañosas o desleales con fines económicos.
En caso de que la persona responsable de la publicidad actúe contra la norma serán sancionadas, principalmente en casos de que se demuestre que el producto a promocionar no cumpla con los resultados ofrecidos.
La propuesta se trabajará en conjunto con la ya existente normativa de la Unión Europea (UE) sobre la comercialización de productos para evitar crearle al usuario falsas expectativas a los usuarios.
En el contexto de España, si se implementan restricciones a influencers que hacen publicidad de productos relacionados con la salud, estas medidas pueden estar en línea con la legislación de la UE sobre publicidad engañosa, con el objetivo de proteger a los consumidores de prácticas publicitarias engañosas o potencialmente perjudiciales.
¿Cuáles son esos productos?
Entre los productos que figuran en las restricciones del proyecto de ley se encuentran los lentes, tanto de contacto como los de monturas, y soluciones oculares.
Además, también se incluyen artículos como nebulizadores, tratamientos para la piel, lubricantes y tensiómetros, entre otros.
La legislación de la UE sobre publicidad engañosa está principalmente regulada por la Directiva 2006/114/CE relativa a la publicidad engañosa y publicidad comparativa.
¿Qué establece la Unión Europea sobre la publicidad engañosa?
La medida de la UE con la protección del consumidor establece normas para proteger a los usuarios contra la publicidad engañosa y busca asegurar que la publicidad sea veraz y clara.
Algunos puntos clave de esta directiva incluyen:
-Veracidad y claridad: la publicidad no debe ser engañosa ni engañar por omisión, y debe ser clara para que el consumidor pueda identificar claramente qué se trata de una publicidad.
-Comparaciones objetivas: si la publicidad incluye comparaciones con productos competidores, estas comparaciones deben ser objetivas, verificables y no engañosas.
-Prohibición de prácticas engañosas: la UE prohíbe específicamente prácticas como las afirmaciones falsas o engañosas sobre las características de un producto o servicio, así como la omisión de información importante.
-Consecuencias y sanciones: los Estados miembros de la UE establecen sanciones para aquellos que infrinjan las normas de publicidad fraudulenta.